Ante los recientes cambios tributarios, aún existen dudas acerca de los beneficios y obligaciones de empleadores y empleados, respecto al decreto ley de Fortalecimiento de la Economía Familiar.
Tax Corporate soluciona algunas dudas en este artículo.
Obligaciones a los empleadores
- Deberán considerar la rebaja del Impuesto a la Renta causado por los gastos personales de sus empleados para el cálculo de las retenciones a ser efectuadas mensualmente.
Obligaciones a los empleados
- Presentarán a su empleador durante el mes de febrero, de forma electrónica o física en dos ejemplares iguales, el “FORMULARIO SRI-GP”.
- Cuando trabaje para dos o más empleadores, comunicará la sumatoria de todos sus salarios o emolumentos en relación de dependencia al empleador con el que perciba mayores ingresos.
- Deberán reportar cargas familiares.
Consideraciones para reportar cargas familiares
- Considerar cargas a padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad.
- Se considerarán cargas cuando el empleado cubra prácticamente la totalidad de sus gastos personales dentro del ejercicio fiscal respectivo
- Las cargas se considerarán para la rebaja, aun cuando hayan dejado de serlo en el mismo ejercicio, excepto en el caso en que la carga obtenga ingresos gravados.
- En ningún caso, dos o más contribuyentes podrán considerar a una misma persona como carga familiar para el periodo fiscal respectivo.
Documentación a presentar para las cargas familiares
- Copia de la cédula del cónyuge o pareja en unión de hecho donde se evidencie el parentesco.
- Copia de la cédula de los hijos sin discapacidad de hasta 21 años de edad dependientes del trabajador.
- Copia de la cédula de identidad y del carnet de discapacidad emitido por la autoridad competente, de los hijos con discapacidad.
- Copia del certificado padecer una enfermedad catastrófica, rara y/o huérfana emitido por el MSP o el IESS a nombre del trabajador o de su carga familiar.
- Para los padres deberán prestar su consentimiento expreso para ser incluidos como carga familiar y presentar copia de la cédula de identidad.
Rebaja para la Provincia de Galápagos
Para la rebaja se utilizará el valor de la canasta básica que deberá ser multiplicado por el Índice de Precios al Consumidor Especial de Galápagos IPCEG.
Podrán utilizar la rebaja del cálculo diferenciado, las personas naturales que hubieren permanecido en la provincia de Galápagos por ciento ochenta y tres (183) días o más, consecutivos o no, en el mismo ejercicio impositivo o en un lapso de doce meses dentro de dos períodos fiscales continuos.
Como realizar el cálculo de retención
- Sumar todas las remuneraciones, excepto décimo tercera y décimo cuarta remuneraciones.
- Deducir los aportes personales al IESS, excepto cuando éstos sean pagados por el empleador y exoneraciones.
- Sobre la base imponible obtenida, se aplicará la tarifa contenida en la tabla de Impuesto a la Renta de personas naturales.
- Al resultado obtenido se le restará la rebaja de gastos personales y se dividirá para el número de meses que correspondan dentro del mismo año fiscal.
Consideraciones para el 2023
Los trabajadores podrán presentar un nuevo formulario de proyección de gastos personales en el mes de julio.
Los empleadores deberán reliquidar el Impuesto a la Renta considerando la proyección de gastos personales y la tabla de Impuesto a la Renta prevista en el Decreto Ley Orgánica de Fortalecimiento de la Economía Familiar para el ejercicio fiscal 2023.